Home Curiosidades de la Aviación ¿Cuánto cuesta un billete? ¿cuáles son mis derechos? ¿y mis obligaciones?

¿Cuánto cuesta un billete? ¿cuáles son mis derechos? ¿y mis obligaciones?

by lucyintheclouds
Para que todos nos vayamos enterando de cuáles son nuestras responsabilidades, a qué tenemos derecho cuando viajamos en avión, y a qué cosas no:

¿Cuánto nos cuesta un billete?

Desde el año 1993, las compañías tienen derecho a fijar con total libertad los precios de los billetes y de todas las tarifas; eso sí, es obligatorio que desglosen los precios para que los pasajeros podamos saber en qué nos están clavando exactamente.

El desglose, generalmente es así: Tarifa (lo que la compañía aplica por ruta y vuelo) + tasas (aeroportuarias, o por uso de infraestructura…como el impuesto de coche de circulación, vamos) + equipaje (no todas las cías. lo hacen, claro) + cargos de emisión (lo que nos cuesta que nos emita el billete la compañía o la agencia) + cargo por combustible (si sube considerablemente el combustible, también se lo cargan a los pasajeros)+ otros cargos y servicios ofrecidos (generalmente opcionales, como el seguro de viajes, el acceso a salas vip, el equipamiento especial…). Estamos en pleno derecho de que nos especifiquen siempre el desglose de lo que vamos a pagar.

¿DNI o Pasaporte?

DNI o pasaporte (cualquiera de los dos) en vuelos cuyo destino sea alguno de los países del acuerdo de Schengen (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza y para vuelos no Schengen pero que pertenezcan a la Unión Europea (Reino Unido, Bulgaria, Chipre, Irlanda y Rumanía). Para el resto de destinos, pasaporte (+ visado si es necesario).

¿Puedo solicitar asistencia para llegar hasta el avión?

Todos los pasajeros podéis solicitar asistencia gratuita si estáis incluidos dentro del grupo de movilidad reducida PRM. Es necesario solicitarlo a la compañía, en el momento de hacer la reserva. Y ojo, que siempre, siempre será un servicio gratuito por el que no os pueden cobrar ningún suplemento.

¿Qué no puedo llevar como equipaje de mano?

Pues obviamente, ni cuchillos, ni catanas, ni espadas ni arcos con flechas…vamos, ni objetos punzantes, ni cortantes, ni inflamables (véase, mecheros), ni explosivos, ni insecticidas, ni el camping-gas, ni nada tóxico o corrosivo, ni siquiera un kit de primeros auxilios. Y por supuesto, ni líquidos que no cumplan la normativa (cada frasquito, no puede contener más de 100ml, y tiene que ir dentro de una bolsa de plástico transparente y que cierre herméticamente). La bolsa, no puede contener más de 1 litro de líquidos en total. Y sí, la pasta de dientes, también entra en este grupo. Ahora bien, que tu puedes comprártelo en el duty free de turno, al pasar el filtro de seguridad, y listo.

¿Me corresponde indemnización?

No siempre. Para empezar, un retraso no es una cancelación de vuelo. Por mucho que se retrase, no se considera que está cancelado hasta que el número de vuelo se cambia. Así que si se retrasa 12 horas, mala suerte.

Si por este retraso, tienes que pagarte un hotel, una cena o cualquier otro gasto, la compañía NO ESTÁ OBLIGADA a pagártelo, aunque lo lógico, lo justo y lo que hacen habitualmente, es hacerse cargo de los gastos que hayas tenido… pero que quede claro que el reglamento no contempla para nada este tema. Lo que sí está obligada a proporcionarte la compañía, es comida y bebida suficiente acorde con las horas de retraso. Si el retraso es de más de 5 horas, puedes pedir el reembolso de tu billete. Por cierto, que si el vuelo se cancela “por motivos extraordinarios”, no te corresponde nada. Estos motivos se dan cuando la cancelación se debe a circunstancias que no se pueden evitar, tipo condiciones meteorológicas, causas que puedan afectar la seguridad del vuelo (y hay unas cuantas…), huelgas o inestabilidad política, entre otras.

*rectificación 17 marzo 2011. De acuerdo al reglamento de transporte de la Unión Europea 261/2004 la compañía aérea estará obligada a pagar un hotel si la hora de la salida del vuelo es al día siguiente de la hora inicialmente programada, y debe asumir además los costes de transporte desde y al aeropuerto.
Además en función del retraso que el vuelo haya acumulado y la distancia que recorra, los pasajeros son susceptibles de percibir una compensación económica.
(Gracias, Alejandro)

¿Qué pasa si pierdo un vuelo en conexión por culpa de un retraso en el primer vuelo?

Pues en principio, la compañía aérea no tiene la obligación de indemnizarte ni hacerse cargo. Eso sí, las decentes, suelen hacer todo lo posible para minimizar molestias e inconvenientes. A veces, proporcionan un nuevo vuelo para que llegues a tu destino. Insisto, no es obligatorio.

Si me cancelan el vuelo, ¿me están denegando el embarque?

No. Son cosas distintas… Embarque denegado se considera cuando el vuelo despega sin tí y tu has cumplido con todo el procedimiento. Es decir, has facturado en hora, te has presentado a la hora del embarque y está todo correcto, pero por overbooking (sobreventa de plazas), te quedas en tierra. Por cierto, no recibirás compensación alguna si se te niega el embarque por motivos de salud (nos vas a infectar a todos) o de seguridad (estás borracho, eres conflictivo o agresivo) y por no presentar la documentación exigida.

Cuando mi maleta llega dañada o no llega

Sí, sí y sí. Puedes reclamarlo. La compañía aérea es la única responsable de lo que le pasa a tu maleta. Eso sí, tienes que cumplir los plazos de reclamación y cubrir el parte de irregularidades.

Y antes de que alguno me salte a la chepa, estoy abierta a correcciones si fueran necesarias…

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4 comments

zordor noviembre 21, 2010 - 03:35

Wow! me ha dejado alucinando lo de que las compañías no estan obligadas a hacer nada en caso de que pierdas una conexión por retrasos :O Es muy fuerte. En mi opinión deberían estar obligados. Cierto es que no he oido a nadie del que no se hayan hecho cargo… pero vamos el saber que no es obligatorio ya siempre la semilla del terror en mi. A partir de ahora nada de conexiones de una hora que ya me conozco el aeropuerto 😛

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Miguel diciembre 8, 2010 - 18:53

Si el billete lo has comprado en conexion si que tienen que facilitar otro vuelo para llegar a tu destino final.
¿Como saber si es un billete conexionado? tiene que tener el mismo numero de billete para todos los trayectos. Un unico billete para todos los vuelos

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andrea enero 29, 2011 - 13:46

quiero comprar unos billetes de avion y me pone tasas incluidas y fee no incluido.
entonces quiero saver que es fee.

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rebeca abril 2, 2011 - 16:36

oye en cuanto a lo de maleta dañada…. depende del daño claro. Yo trabajo en una compañia y mi compañia no cubre por ejemplo cremalleras reventadas, ruedas rotas, asas arrancadas….. Solo cubre los daños de la maleta q afecten a su contenido, o abolladuras/rajas importantes en el cuerpo de la maleta. Otros elementos no. Y tampoco cubre si te han abierto la maleta despues de facturarla y se han llevado tu camara de fotos…porque no se puede demostrar q la llevabas. Es mejor llevar de mano las cosas de valor, o cerrar bien la maleta q para eso hay candados…

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